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CERTIFICADOS ENERGETICOS EN LA COMUNIDAD DE MADRID

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¿Como le afecta el Certificado Energético para alquilar un inmueble?.


Certificado para venta y alquiler de vivienda

Desde la aprobación del Real Decreto 235/2013, el propietario de la vivienda, edificio de viviendas, oficina o local comercial, debe obtener el Certificado de Eficiencia Energética que acredita la Calificación Energética y posteriormente solicitar la Etiqueta de Eficiencia Energética (documento oficial). La etiqueta debe facilitarse al futuro arrendatario y adjuntar una copia al contrato de alquiler.

En Certifimadrid, le ayudamos a conseguir el certificado de eficiencia energética que necesita para poner en alquiler su vivienda, oficina o local comercial en la Comunidad de Madrid. Somos especialistas en la Certificación Energética y disponemos de unas tarífas muy competitivas sin disminuir la calidad, profesionalidad ni el servicio, ajustamos las tarifas a las dimensiones de la vivienda en bloque de viviendas (piso), vivienda unifamiliar, oficina o local comercial, para que sean mas reales y adaptadas a la vivienda que se califica.

El Certificado de Eficiencia Energética, debe realizarse por un Técnico cualificado y con la titulación habilitante, por ello desde Certifimadrid ponemos a su disposición nuestros Técnicos para ayudarle en todos los procesos y cuestiones que precise, para conseguir la calificación mas ajustada a las características existentes en su vivienda, además le asesoramos sobre las medidas más efectivas que se podrían tomar para mejorar su vivienda.


Obligación de adquirir la Etiqueta de Eficiencia Energética para poder alquilar una vivienda, oficina o local comercial.

Etiqueta de Eficiencia Energética para vender o alquilar

Desde el 1 de Junio de 2013, es obligatorio tener la Etiqueta de Eficiencia Energética si se quiere alquilar una vivienda, un edificio de viviendas, una oficina, así como un local comercial, con este Real Decreto (235/2013) se adapta la normativa a una Directiva europea sobre la Eficiencia Energética de Edificios.

El propietario de la vivienda, edificio, oficina o local comercial, debe obtener la Etiqueta de Eficiencia Energética con anterioridad a cualquier tipo de acto de promoción, anuncio o publicidad, etc…, independientemente del medio o soporte utilizado y que tenga por objeto realizar el alquiler. De manera que cualquier persona que desee acceder al inmueble pueda conocer las características energéticas de la vivienda que se está publicitando.

Muchas personas nos preguntan que si pueden esperar a tener la vivienda alquilada o a punto de alquilarla para realizar el Certificado de Eficiencia Energética, la respuesta es que no se puede anunciar su vivienda, sin disponer de la Certificación de eficiencia energética, ya que se estaría cometiendo una infracción que podría dar lugar a una sanción.

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