Son considerados como técnicos competentes según se recoge en el Real Decreto 235/2013 de 5 de Abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios:
*Aquellos técnicos que se encuentren en posesión de cualquiera de las titulaciones académicas habilitantes para la redacción de proyectos o dirección de obras y dirección de ejecución de obras de edificación o para la realización de proyectos de sus instalaciones térmicas, según lo establecido en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre de Ordenación de la Edificación.
Conozca los Técnicos habilitados por la normativa a realizar la Certificación Energética de Edificios y una vez el Técnico visite su vivienda, solicítele la indentificación de su titulación, evite sorpresas desadagrables en la tramitación y sobre todo infracciones a la normativa.