Si, desde 1 de junio de 2013, a raíz de la entrada en vigor del Real Decreto 235/2013 de 5 de Abril, es necesario disponer del Certificado de Eficiencia Energética y de la Etiqueta Oficial de Eficiencia Energética para poder alquiler cualquier vivienda en bloque de viviendas (pisos), vivienda unifamiliar, local comercial u oficinas, así como edificios de viviendas.
Se debe consignar la Calificación Energética obtenida en todo acto de publicidad cualquiera que sea el medio utilizado, para que el futuro inquilino pueda conocer las características Energéticas.
El certificado se debe obtener antes de realizar el anuncio del inmueble para el alquiler, ya que en el momento de anunciarlo, cualquier persona que lo desee, debe conocer la calificación energetica. Ya se estan realizando inspecciones, porque se ha detectado que hay un gran número de inmuebles que no cumplen esta norma y que en los anuncios no ponen la calificación o ponen en tramitación.